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En España no hay un estatus especial para fotos publicadas sin atribución. Si acaso sería fotos anónimas de las cuales no hay forma de saber quién es el autor (que no es lo mismo). Si han pasado 70 años desde su publicación y no es posible identificar el autor pasarían al dominio público (artículo 27 de la LPI). Sería el caso de obras publicadas en 1936; pero debes estar seguro que no se ha identificado el autor ni puede identificarse. Si el autor está identificado no pasaría a dominio público hasta 70 años después de su muerte (o de 80 si murió antes de 1987). Saludos. --Dvdgmz (talk) 15:01, 8 January 2014 (UTC)

Siento llegar tarde a este hilo, pero creo que el plazo es de 80 años. Al aplicarse la ley de 1879, los derechos de las obras anónimas son de los editores durante 80 años desde la publicación. Ver Disposición transitoria segunda de la LPI. Lo siento. No estaría en PD hasta el 1 de enero de 2017. LMLM (talk) 09:37, 14 January 2014 (UTC) @LMLM, la Ley de Propiedad Intelectual española fija 70 años tras la publicación para obras anónimas o bajo pseudónimos. Lo de los 80 es aplicable en algunos casos, pero siempre con autor conocido. Ver es:Derecho de autor#España. Saludos. --Alan (talk) 15:34, 14 January 2014 (UTC) No, Alan: “Art. 26º. Los editores de las obras anónimas ó seudónimas tendrán respecto de ellas los mis­mos derechos que los autores ó traductores sobre las suyas, mientras no se pruebe en forma legal quién es el autor ó traduc­tor omitido ó encubierto. Cuan­do este hecho se prueba, el autor ó traductor ó sus derechohabientes sustituirán en todos sus derechos á los editores de obras anónimas ó seudónimas.” —(1879) Si son personas físicas, como los autores, 80 años después de su muerte. Y si los editores son personas jurídicas: “Disposición transitoria segunda. Derechos de personas jurídicas protegidos por la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad Intelectual. Las personas jurídicas que en virtud de la Ley de 10 de enero de 1879 sobre Propiedad Intelectual hayan adquirido a título originario la propiedad intelectual de una obra, ejercerán los derechos de explotación por el plazo de ochenta años desde su publicación.” —LPI Que es lo que dice, más o menos, es:Derecho de autor#España ("Esto hace que el plazo efectivo de la mayoría de las obras cercanas a la expiración sea de 80 años"). LMLM (talk) 19:07, 14 January 2014 (UTC)